El Suministro Inmediato de Información de IVA (SII)

¿Qué es el SII?

El Suministro Inmediato de Información del IVA, en adelante SII, es un sistema de llevanza de los libros registro de IVA a través de la sede electrónica de la AEAT. El objetivo de todo esto es la mejora del control tributario y la asistencia al contribuyente.

¿A quién afecta el SII?

El SII, es de carácter obligatorio para los sujetos pasivos que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que estén inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual de IVA).
  • Empresa con facturación superior a los 6.000.000€.
  • Grupos de entidades.
  • También podrá ser aplicable a los sujetos pasivos que en el Modelo 036 decidan acogerse al mismo. Ese modelo 036, ha de ser presentado en noviembre del año anterior en el que vaya a surtir efecto.

Libros de registro obligatorio

Los sujetos pasivos tendrán que realizar el suministro electrónico de información de los siguientes libros:

  • Libro de registro facturas expedidas.
  • El Libro registro de facturas recibidas.
  • El Libro de bienes de inversión.
  • Y por último, el Libro registro de operaciones intracomunitarias.

Plazos para el suministro de información

  • En el caso de las facturas expedidas, en el plazo de cuatro días naturales desde su fecha de expedición, salvo que la factura sea expedida por el destinatario o por un tercero, entonces el plazo será de 8 días.
  • En el caso de las facturas recibidas: en el plazo de cuatro días naturales desde la fecha en que se produzca su contabilización.
  • Operaciones intracomunitarias: en un plazo de cuatro días naturales, desde la fecha de expedición o inicio de transporte, o bien en el momento de la recepción de los bienes de la operación.
  • Información sobre bienes de inversión: dentro del plazo de presentación del último período de liquidación del año.

¿Cuáles son las ventajas?

La principal ventaja es que se suprime la obligación de presentación de los modelos 347, 340 y 390, así como la elaboración de los Libros Registros de IVA. El modelo 303 se realizará de manera mensual.

 

Espero que les haya sido de utilidad, ya saben que si necesitan más ayuda pueden contactar con Ramajo Asesores, por teléfono o mediante el cuestionario que encontrará en nuestra web.

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