Prestación por desempleo

 

En la entrada del blog de hoy quiero hacer un breve análisis de lo que es la prestación por desempleo de nivel contributivo. Esta protege la contingencia de desempleo en que se encuentran quienes, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan el empleo de forma temporal o definitiva, o vean reducida, al menos en una tercera parte, su jornada laboral, con la correspondiente pérdida o reducción de salarios por alguna de las causas establecidas como situaciones legales de desempleo.

Pueden acogerse a prestación por desempleo de nivel contributivo todos los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, los autónomos que optasen por la protección de esta contingencia, los contratados en régimen de derecho administrativo y los funcionarios de empleo al servicio de las Administraciones Públicas que tengan previsto cotizar por esta contingencia.

 

Duración

 

La duración de la prestación en el caso general de un trabajador en régimen general de la seguridad social está en función del periodo de ocupación cotizada en los últimos seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, o desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior, con arreglo a una escala que incluye desde 360 días de cotización (que darían derecho a 120 días de prestación) hasta 2.160 días o más de cotización (en cuyo caso la prestación se extendería a 720 días).

 

Cuantía

 

Durante los primeros 6 meses de prestación, la cuantía que se recibe se corresponde con el 70% de la base reguladora, posteriormente, a partir del día 181 de prestación esta se reduce al 50%.

Debemos tener en cuenta que la cuantía que se puede recibir como prestación por desempleo tiene unos importes máximos y mínimos establecidos, dependiendo de si se tiene hijos a cargo o no.

Estos topes se calculan anualmente dependiendo del IPREM, siendo para el año 2014 los siguientes:

 

Mínimos para el 2014

497 euros si no tiene hijos a su cargo. (80% IPREM incrementado en un sexto)

664.74 euros si se tiene al menos un hijo a cargo. (107% IPREM incrementado en un sexto).

 

Máximos para el 2014

 

1.087,20 euros, sin hijos a su cargo. (175% IPREM incrementado en un sexto)

1.242,52 euros, con un hijo a su cargo. (200% IPREM incrementado en un sexto)

1.397,83 euros, dos o más hijos a su cargo. (225% IPREM incrementado en un sexto)

 

Espero haberle podido ayudar. Si necesitan una información más precisa o personalizada no duden en contactar con nosotros en Ramajo Asesores, su Asesoría y Gestoría Administrativa en Salamanca.

Por Elvira Ramajo

Socia Directora de Ramajo Asesores, Gestoría Administrativa y Asesoría en Salamanca

Graduado Social, Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos

 

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