¡Al fin!, después de casi tres años de legislatura prometiendo bajadas de impuestos el anteproyecto de ley de la anunciada Reforma Fiscal ha sido hoy aprobado en Consejo de Ministros.
La fecha de entrada en vigor será el 1 de enero de 2015 y trae consigo una generalizada rebaja de impuestos, pero queda lejos de las recomendaciones de la Comisión de Sabios y dista mucho de ser esa reforma revolucionaria del sistema fiscal español. Retoques aquí y allá, lo que antes subimos ahora bajamos…lo de siempre vamos.
Resumiendo, los principales aspectos de la reforma fiscal son los siguientes:
1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El IRPF es la piedra angular de nuestro sistema fiscal pues la mayor parte de la recaudación procede de este impuesto. Debemos recordar que desde el año 2012 se abona un gravamen adicional que se ha prologando durante los ejercicios 2013 y 2014. El mencionado gravamen desaparece y además se reducirán los tramos del IRPF de los siete actuales a cinco, llevándose a cabo este proceso en dos fases (2015 y 2016). Una vez en vigor, el tipo mínimo del IRPF bajará hasta el 19%, mientras que el máximo quedará en el 47%, tras haber subido.
En la práctica supone una rebaja media del 12.5% para cada contribuyente, siendo las rentas inferiores a 35.000 euros las más beneficiadas. Además se cumple una de las medidas estrella del último debate sobre el estado de la Nación y es que aquellos contribuyentes que no lleguen a los 12.000 euros anuales no deberán pagar IRPF.
2. Impuesto sobre sociedades
Se producirá también una rebaja en el Impuesto de sociedades, que pasará del 30% al 25%. También aquí la bajada se producirá en dos fases: durante el próximo año bajará del 30% actual al 28%. Ya en 2016 se reducirá hasta el 25%. De esta forma se iguala el tipo que pagan las PYMES y las grandes empresas por los beneficios que generan.
Se eliminarán la mayor parte de las deducciones empresariales, manteniendo la deducción por I+D y por reinversión. El objetivo de esta medida es acercar el tipo nominal al tipo real efectivo donde en la actualidad existe una brecha de más de 20 puntos.
También se crea una reserva de capitalización que permitirá destinar el 10% de los beneficios no repartidos a esta reserva, quedando de esta forma libres de impuestos.
Por último las nuevas empresas disfrutarán de una fiscalidad reducida del 15%, no teniendo más datos en este momento sobre cómo se desarrollará este epígrafe.
3. IVA
Podemos respirar tranquilos, el IVA no se toca. A pesar de las recomendaciones del FMI, Comisión Europea y BCE este impuesto no varía ni se reclasifican productos, a excepción de algunos productos sanitarios que pasarán al 21% como consecuencia de una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE.
4. Impuestos especiales
La reforma fiscal tampoco apunta cambios sustanciales en Impuestos Especiales (tabaco, alcohol y gasolinas), ni se menciona nada del nuevo gravamen que se rumoreaba podía empezar a soportar el vino.
5. Limitaciones en el Sistema de Módulos
El sistema de módulos se limitará exclusivamente a los autónomos que venden directamente al cliente final. Esta modificación es de calado y veremos en próximas semanas como se articula, pues se estima que puede dejar fuera del sistema de módulos a la mitad sus actuales integrantes (unos 300.000 autónomos).
6. Retención en la factura de los profesionales
Se reducen las retenciones en las facturas de los profesionales autónomos del 21% actual al 19%. Además se establece una retención diferenciada para aquellos autónomos que tengan menos renta, la cual se situará en torno al 15%.
Espero haber sido de ayuda, recuerde que en Ramajo Asesores estamos a su disposición para orientarle en este o cualquier otro asunto fiscal, laboral o contable.
Por Antonio Ramajo
Socio Director de Ramajo Asesores, Gestoría Administrativa y Asesoría en Salamanca
Gestor Administrativo, Economista y Graduado Social.
Asesora laboral, fiscal y contable.