NIF Intracomunitario – ¿Qué es y cómo se solicita?

NIF INTRACOMUNITARIO  ¿QUÉ ES Y CÓMO SOLICITARLO?

Aquellos autónomos o empresas que vayan a realizar operaciones con algún estado miembro de la Unión Europea deberán darse de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), y  deberán inscribirse en el Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA (VIES).

¿Cómo solicitarlo?

Para solicitarlo se debe de acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria por medio del certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@vePIN

Pasos: Certificados Tributarios – Expedición de certificados tributarios – Operaciones Intracomunitarias – Solicitud.

Tramitada la solicitud podrá acceder a ello a través de consultas de certificaciones expedidas.

¿Cómo funciona?

Las operaciones con otros países están sujetas a un sistema especial de tributación.

En el momento de emitir una factura a un país de la Unión Europea, la empresa deberá consultar el censo para asegurarse de que el país con el que va a realizar la operación se encuentra incluido en el mismo. A la consulta del censo se puede acceder desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria – trámites – Consulta de operaciones intracomunitarios españoles.

Existen diferentes tipos de operaciones intracomunitarias, y cada una tienes sus peculiaridades.

  • Entrega intracomunitaria de bienes

(Ejemplo: España vende bienes a Italia)

Estas operaciones no están sujetas al IVA intracomunitario, por lo que en la factura no será necesario repercutir el impuesto.

Para poder acogerse a esto, es necesario cumplir unos requisitos:

  • El bien tiene que enviarse a otro estado miembro de la UE.
  • El receptor del bien tiene que estar identificado en un estado miembro de la UE con un Número de Identificación Fiscal (NIF).
  • Registrar todas las operaciones sobre entregas intracomunitarias.
  • Adquisición intracomunitaria:

(Ejemplo: España compra bienes a Francia)

En este caso, la operación sí que está sujeta a IVA intracomunitario.

El comprador, en este supuesto es España,  va a recibir la factura sin IVA, pero deberá declarar el impuesto aquí, por medio de un mecanismo denominado autoliquidación; es decir, que la operación debe de contabilizarse de forma simultánea como IVA soportado e IVA repercutido.

 

 

 

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