Contratación de familiares por autónomos

CONTRATACIÓN DE FAMILIARES POR AUTÓNOMOS

Un trabajador autónomo para poder llevar a cabo la contratación de un familiar en su empresa tendrá que recurrir a la figura del autónomo colaborador, pudiendo ser contratados familiares de primer y segundo grado (cónyuge, hijos, padres, suegros, hermanos, nietos, abuelos o cuñados). Se podrá incluir a las parejas de hecho siempre y cuando acrediten un periodo de convivencia no inferior a 5 años.

Sin embargo, la Ley permite la contratación por cuenta ajena, sin recurrir a la figura de autónomo colaborador, de los hijos menores de 30 años, o mayores de 30 años con especiales dificultades para la inserción laboral y/o aquellos que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% e inferior a 65%.

Se deben de cumplir una serie de requisitos para poder optar a este tipo de contrataciones.

  • Los trabajadores contratados tienen que tener parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • La colaboración debe de ser estable, no ayudas que se prestan de forma puntual.
  • El familiar contratado no puede estar dado de alta en el régimen general por cuenta ajena.
  • Cumplir con la edad legal en España para trabajar, es decir; tener más de 16 años.

El autónomo colaborador cotiza como un autónomo pero sus obligaciones fiscales son diferentes; no tiene que liquidar el IVA trimestral ni las retenciones a cuenta del IRPF. Los ingresos que percibe en concepto de sueldo serán declarados como rendimientos del trabajo, como cualquier trabajador por cuenta ajena.

La contratación de un familiar  de forma indefinida otorga una bonificación del 100% en la cuota empresarial por contingencias comunes durante 12 meses siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones:

  • Que en los 12 meses inmediatamente anteriores a la contratación, el empresario no haya despedido a ningún trabajador de forma improcedente.
  • Mantener el nivel de empleo en la empresa durante los 6 meses posteriores a la realización del contrato.
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