Compraventa de un vehículo

 

En nuestra entrada del blog de hoy vamos a abordar las dudas más frecuentes que nuestros clientes tienen a la hora de comprar un vehículo o motocicleta.

Lo primero que debemos verificar es si el vendedor está al corriente de pago de los siguientes impuestos y tasas:

 

  1. Impuesto de circulación.
  2. La Inspección Técnica de Vehículos, si el vehículo tiene más de 4 años.

 

Acto seguido debemos comprobar que aquellas modificaciones importantes que tenga el vehículo han sido reflejadas en la tarjeta de la inspección técnica, en caso contrario tendremos problemas cuando vayamos a pasar la ITV.

Es útil también comprobar los kilómetros y la antigüedad, y pedir el libro de mantenimiento y las facturas de revisiones y reparaciones.

Por último, es muy importante consultar el Registro de Vehículo de la DGT y obtener un Informe del Vehículo para que verificar que no tiene multas de transportes, embargos, precinto o cargas, en Ramajo Asesores como Gestoría Administrativa podemos facilitarle un informe de los antecedentes del vehículo siendo necesario que únicamente nos facilite la matrícula del mismo.

Documentación necesaria para formalizar el cambio de titular del vehículo

 

Para poder realizar el trámite de cambio de titular del vehículo es necesario tener la siguiente documentación:

 

  1. Contrato de compraventa del vehículo, o modelo 430 sustitutivo.
  2. Fotocopia del DNI del comprador y vendedor.
  3. Ficha técnica del Vehículo.
  4. Permiso de circulación.
  5. Justificante del pago del impuesto municipal correspondiente al año anterior.

 

Si lo desea, puede traer esta documentación a la Gestoría Administrativa y se le dará un justificante provisional con el que podrá circular durante treinta días, plazo más que suficiente para realizar los trámites ante la Dirección General de Tráfico y Hacienda.

 

Impuestos y Tasas a Pagar

 

Las Tasas de la DGT para inscribir el cambio de titularidad son las siguientes (2014)

 

  • Vehículos 52.80 euros.
  • Ciclomotores 26.40 euros

 

El tipo del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales a liquidar en la Hacienda de cada Comunidad Autónoma suele ser del 5%, si bien puede variar en función de la Comunidad Autónoma de Referencia.

Este tipo se le aplicará al valor del vehículo que refleja el contrato de compra venta, siempre que no sea menor que la valoración de Hacienda, en cuyo caso será este último.

 

Espero que les haya sido de utilidad, ya saben que si necesitan más ayuda pueden contactar con Ramajo Asesores, Gestoría Administrativa y Asesoría en Salamanca, por teléfono o mediante el cuestionario que encontrará en nuestra web.

 


Por Antonio Ramajo

Socio Director de Ramajo Asesores, Gestoría Administrativa y Asesoría en Salamanca

Gestor Administrativo, Licenciado en Económicas y Diplomado en Relaciones Laborales.

 

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